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Prof. Gabriel E. Pérez


domingo, 31 de agosto de 2008

ELEMENTOS DEL IMPUESTO

El tema fundamental al que nos referiremos hoy es al desarrollo de los conceptos relacionados con los impuestos.
Estos conceptos se encuentran enunciados en las Leyes impositivas, por lo que trataremos de dar una definición de los mismos para estar en condiciones de estudiar las leyes impositivas.

Obligación Tributaria: es la relación jurídica que existe entre el Estado (que exige el pago de impuestos) y los individuos; esta obligación desaparece con el pago del impuesto.

Sujetos del Impuesto: en el ítem anterior mencionamos 2 tipos de sujetos: el Estado que ejerce su poder de imperio, y los individuos obligados a ingresar el impuesto.
a) Sujeto Activo: es el que exige el pago del impuesto, el Estado en sus tres niveles: nacional, provincial y municipal.
b) Sujeto Pasivo: es el individuo, el cual está obligado por la Ley a declarar y pagar el impuesto. Se pueden distinguir dos tipos de sujetos pasivos:
  • Cuando el individuo debe declarar y pagar el impuesto por cuenta propia, es decir que debe responder por sus propias deudas, se dice que el sujeto pasivo es el contribuyente;
  • Cuando el individuo es designado por la Ley para que declare e ingrese el impuesto por cuenta de otro contribuyente, se dice que el sujeto pasivo es responsable por deuda ajena. Por ejemplo: Si una persona trabaja en relación de dependencia para una empresa y sus ingresos superan el Mínimo No Imponible fijado por la AFIP-DGI, el empleador le deberá retener e ingresar el Impuesto a las Ganancias correspondiente.
Hecho Imponible: Hecho de naturaleza jurídica o económica, cuya realización conlleva el nacimiento de una obligación tributaria. Es el acto o situación jurídica por la cual la ley obliga a tributar. Por ejemplo, un comerciante alcanzado por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) vende mercaderías; el nacimiento de la obligación tributaria se produce en el momento de la entrega del bien, la emisión de la factura o acto equivalente, el que fuera anterior.

Base Imponible: es la valoración del hecho imponible de acuerdo a los métodos que fije la Ley. Es el monto que determina la Ley, sobre el cual se fija la tasa o alícuota. Por ejemplo, un comerciante que está alcanzado por el IVA vende mercaderías, 2 unidades a $40 c/u, la base imponible será de $80.

1 comentario:

Anónimo dijo...

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